Enel ANEXO II del REAL DECRETO 1696/2007, de 14 de diciembre, por el que se regulan los reconocimientos m茅dicos de embarque mar铆timo, se establece que: 2.4.1 Diabetes Mellitus. Excepcionalmente podr谩n ser aptos con restricciones aquellos pacientes con informe favorable del especialista, control metab贸lico adecuado, ausencia
Enfecha 8 de mayo 2015 se le realiz贸 el examen de salud por parte del servicio de prevenci贸n ajeno, Grupo MGO, concluyendo: "apto con restricciones, para el trabajo que requiera de bipedestaci贸n continuada sin descansos as铆 como el manejo continuado y manual de cargas superiores a 3 kilos en posici贸n no ergon贸mica (izar
Laempresa, tras la resoluci贸n del INSS, realiza un reconocimiento m茅dico de retorno al trabajador a trav茅s del Servicio de Prevenci贸n Ajeno con quien ten铆a concertada la prevenci贸n de riesgos laborales y 茅ste concluye que el trabajador NO ES APTO para las tareas de encargado de obra.
Impugnaci贸nDel Informe De Aptitud Del Servicio De Prevenci贸n. Buenos d铆as. Tras un periodo de baja de 18 meses se ha pasado al trabajador a valoraci贸n de incapacidad permanente cuyo resultado ha sido la denegaci贸n de la misma. De forma simultanea el servicio de prevenci贸n a valorado al trabajador declar谩ndolo apto con
Ypor tanto el APTO, es una valoraci贸n m茅dica de la aptitud del trabajador para el puesto que trabaja, con sus riesgos asociados. Si una empresa, va a a contratar a un trabajador, y asume como APTO el reconocimiento m茅dico que ha tenido ese trabajador en otro puesto y en otra empresa All谩 ellos. Yo no lo har铆a.
Estasrestricciones se consignar谩n en el mismo apartado del reconocimiento m茅dico del diario del buceador. NO APTO TEMPORAL: Ser谩 declarado no apto temporal aquellos buceadores que padezcan en el momento del reconocimiento, enfermedad o defecto psicof铆sico recuperable, pero incompatible con esta actividad.
. 128 107 106 212 118 145 102 222 326
reconocimiento medico apto con restricciones